Observaciones de este Consejo General con motivo de la Consulta Pública previa sobre el proyecto del Real Decreto por el que se establece la ordenación de las enseñanzas oficiales del Sistema Universitario Español

Estimados/as compañeros/as:

Como continuación a la Circular de Presidencia núm.  037/2020, de 04/06/2020 con Asunto: “Modificación del R.D. 1393/2007. Actuación coordinada”, indicar que desde este Consejo General se ha remitido el documento adjunto de observaciones junto a la sentencia del Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 4ª, Sentencia de 30 Oct. 2012, Rec. 3391/2011 y la lista de más de 100 títulos universitarios de grados en ingeniería sin atribuciones profesionales, con motivo de la Consulta Pública previa sobre el proyecto del Real Decreto por el que se establece la ordenación de las enseñanzas oficiales del Sistema Universitario Español.

La posición de este Consejo General es de sobra conocida y estas observaciones han sido remitidas a través del canal puesto a disposición por parte del Ministerio de Ciencia e Innovación, así como al Secretario General de Universidades.

Consulta Pública “Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias”

Estimados/as compañeros/as:

Os informamos sobre la fase de “Consulta pública” para presentación de alegaciones / propuestas / observaciones sobre el siguiente asunto:

“Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias”

Por facilitaros una síntesis del asunto, en la fase actual del referido proyecto, se expone la necesidad de actualizar el REBT de 2002 al estado de la técnica actual y mejorar su estructura organizativa en cuanto a las normas a las que el mismo hace referencia. No se someten a consulta cuestiones técnicas del REBT, sino que se aborda la conveniencia del método a seguir para actualizarlo, planteando las siguientes alternativas:

a) Elaboración de un nuevo reglamento que derogue y sustituya al anterior.
b) Modificación parcial del reglamento actual de 2002.
c) No modificar el reglamento de 2002, y crear documentos de apoyo (guías) con las aclaraciones y orientaciones que sean precisas, apoyándose en el reglamento ya existente.
d) No hacer nada.

En el propio texto de la consulta, de las alternativas citadas en este momento se considera como más adecuada la a).

De todos es sabido la importancia que este reglamento tiene en nuestro colectivo profesional por lo que además de vuestro posicionamiento sobre las alternativas planteadas, os solicitamos que realicéis otras aportaciones que sobre el asunto entendáis necesarias, para envío al Ministerio de manera conjunta desde el COGITI.

Para las referidas aportaciones utilizad el documento que se adjunta “Alegaciones_ProyectoRD_REBT_Plantilla_v00”, siguiendo las instrucciones indicadas en el mismo.

La fecha límite para presentar alegaciones es el próximo 29 de marzo. En el COGITI se admitirán aportaciones en el formato facilitado hasta el 25/03/2021 incluido, para poder analizar, coordinar y gestionar su presentación.

Se adjunta el archivo oficial sometido a consulta “Texto de la consulta pública previa” al que también podéis acceder desde el enlace:

https://industria.gob.es/es-es/participacion_publica/Paginas/DetalleParticipacionPublica.aspx?k=401

Paralelamente, se ha solicitado opinión al CEx (Comité de expertos) en baja tensión, perteneciente al Grupo de Trabajo de Ejercicio Libre (GTEL), sobre este asunto.

Gracias, como siempre, por vuestra colaboración.

Un fuerte abrazo.