Estimados compañeros:
La Junta de Andalucía está adaptando sus procedimientos y formularios para poder dar respuesta a las obligaciones impuestas por el RD 244/2029 así como a las directrices establecidas por la CNMC relativas al formato de los ficheros de intercambio de información entre Comunidades y distribuidores para la remisión de información sobre el autoconsumo de energía eléctrica. Estos formatos aprobados a finales de noviembre incorporan datos que no estaban establecidos en el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, ni en anteriores regulaciones, como es por ejemplo la identificación del CUPS del punto de suministro del consumidor asociado. Además, se exige a las comunidades autónomas la necesidad de enviar la información a la empresa distribuidora en un formato electrónico.
A este respecto, os informamos que el viernes 20 de marzo se ha publicado en el BOJA la Resolución de 5 de marzo de 2020, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueba el formulario de comunicación de instalaciones existentes de autoconsumo de conformidad al Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica.
Hay que impulsar la cumplimentación de este formulario por parte de los titulares o empresas instaladoras de aquellas instalaciones en autoconsumo individual en baja tensión en Andalucía que se hayan dado de alta para su legalización en el aplicativo PUES de la Junta de Andalucía (obligatorio para aquellas instalaciones de menos de 100kW a las que les es de aplicación el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión) con fecha anterior al 27 de febrero de 2020 y que no hayan incluido los datos de CUPS o de la modalidad de autoconsumo.
Es especialmente necesario matizar quién debe presentar este formulario:
1º Todas las legalizadas entre octubre de 2015 y abril de 2019. Estas tenían que comunicar cómo se adaptaban al RD 244/2019 de conformidad a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera.
2º Todas las legalizadas entre abril de 2019 y octubre de 2019. Estas instalaciones legalizadas través de la ficha técnica descriptiva de baja tensión del aplicativo PUES, no pudieron aportar los datos mínimos que han resultado obligatorios para poder realizar la compensación de los excedentes.
3º Algunas de las legalizadas entre octubre de 2019 y febrero de 2020. En este periodo ya se había producido la actualización de la ficha técnica del aplicativo PUES, pero se han detectado errores masivos en la cumplimentación de la ficha, por lo que, en muchos casos, no se dispone de los datos mínimos, en particular del código CUPS que identifica el suministro. Todos los que hayan presentado una comunicación PUES y no hayan rellenado el código CUPS, deberían presentar el formulario.
El formulario se ha publicado en el sistema de Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía (VEAJA) al que se accede a través del siguiente enlace: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/
Una vez cumplimentada esta información, la Junta de Andalucía remitirá automáticamente a la empresa distribuidora los datos requeridos para modificar el contrato de acceso, y a partir de este momento, si se ha elegido la modalidad de autoconsumo con excedentes acogida a compensación, cada usuario podrá tramitar directamente con su comercializadora la compensación de los excedentes.
Para intentar facilitar al máximo posible la cumplimentación de este nuevo formulario, la Agencia Andaluza de la Energía ha preparado una Guía orientativa para la Cumplimentación del Formulario Electrónico de Comunicación de Datos de Instalaciones en Autoconsumo Individual en Baja Tensión ya Legalizadas en Andalucía. Esta guía se encuentra publicada en la web de la Agencia Andaluza de la Energía en el siguiente enlace:
Además, están ultimando una nota de prensa que será enviada desde la Consejería a las distintas agencias de medios para intentar tener la máxima repercusión. Cuando se publique, os la haremos llegar,
Desde la Agencia Andaluza de la Energía de Andalucía solicitan que, en la medida de vuestras posibilidades, le deis difusión a la necesidad de cumplimentar este formulario para identificar correctamente las instalaciones y que éstas puedan acceder a la compensación de excedentes, así como a la guía de cómo debe rellenarse, y lo trasladéis al colectivo de instaladores a fin de que desde esta Comunidad Autónoma puedan cumplir con los requisitos establecidos desde la Administración General del Estado para la legalización de estas instalaciones.