CONVOCATORIA DE ELECCIONES PARA RENOVACIÓN POR MITAD DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO

 

Estimados colegiados y estimadas colegiadas:

 

Como ya os anuncié, y para dar cumplimiento a la normativa estatutaria y a las resoluciones del Consejo Andaluz de Colegios, la Junta de Gobierno del Colegio ha acordado la convocatoria de Elecciones para renovación por mitad de los miembros de la Junta de Gobierno, correspondiendo la elección a los cargos de:

 

Vicedecano o Vicedecana

Secretario o Secretaria

Vocal 2º

Vocal 6º

Vocal 8º, y

Vocal 12º

 

Vistos los antecedentes de conflictividad suscitados en relación a las anteriores elecciones celebradas en el Colegio, cuyo normal desarrollo se vió seriamente obstaculizado por los reiterados intentos por parte de determinadas personas para impedir el voto de una buena parte de los colegiados. Intentos basados fundamentalmente en procedimientos y denuncias que los Tribunales han declarado carentes de cualquier fundamento, y sin que “ni tan siquiera hubiese habido indicios de irregularidad alguna”, y considerando, en consecuencia, que dichos antecedentes aconsejan la formulación de un calendario electoral lo suficientemente amplio para permitir el ejercicio de los diversos derechos de quienes participen en las elecciones, así como la máxima transparencia del procedimiento, e igualmente para poder dar cumplimiento en sus términos a las prescripciones de los artículos 52 y siguientes de los estatutos, se ha determinado un calendario con la suficiente duración para que se permita y facilite el ejercicio de los derechos de los colegiados, calendario que te acompaño y te detallo:

ACTUACIÓN Regulac. Fecha / Período
Junta de Gobierno convocando Art. 33.j) 10 de abril
Junta de Gobierno pública (sorteo JE.) Art. 43.1 17 de abril
Constitución Junta Electoral Art. 43 30 de abril + 11 d.
Exposición censo electoral Art. 38.2 1 a 13 de mayo + 8 d.
Reclamaciones y resolución Art. 38.2 14 a 20 de mayo + 5 d.
Plazo presentación candidatos Art. 38.2 21 a 27 de mayo + 5 d.
Proclamación provisional de candidatos Art. 42 28 mayo a 03 junio + 4 d.
Reclamación a la proclamación prov. de candidatos Art. 38 04 a 10 de junio + 4 d.
Resolución JE sobre reclamaciones Art. 42 11 a 17 de junio + 4 d.
Recursos ante el Consejo Andaluz Art. 42 18 a 24 de junio + 4 d.
JE ante el Consejo Andaluz Art. 42 25 junio a 1 de julio + 4 d.
Resolución Consejo Andaluz Art. 42 02 al 15 de julio + 10 d.
Confección de listas y exposición Art. 42 16 al 22 de julio + 4 d.
Campaña Art. 38 23 de julio a 23 de septiembre + 21 d.
Reflexión 24 septiembre a 01 octubre + 5 d.
Votación Art. 38 02 de octubre
Solicitud voto por correo Art. 48 21 mayo a 22 junio 23 d.
Envío o recogida credenciales y documentación Art. 48 23 junio a 23 julio 21 d.
Envío voto por correo Art. 48 24 julio a 23 septiembre 20 d.

 

Te destaco especialmente, que el próximo día 17 de abril de 2.018, a las 11.00 horas en la sede colegial, tendrá lugar la sesión pública de la Junta de Gobierno en la que se procederá al sorteo de los colegiados para formar parte, en su caso, de la Junta Electoral, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 43.1 de nuestros estatutos.

La Junta de Gobierno ha acordado igualmente, y para conseguir la máxima transparencia, que a todas las actuaciones relativas al procedimiento electoral se de la oportuna difusión en la página web del Colegio.

En el siguiente enlace, se irá publicando la información del proceso: http://cogitico.es/portal/?page_id=2749

 

En el mismo sentido, se ha determinado que se incorporen a la página web del Colegio, como antecedentes a disposición de los colegiados, las resoluciones judiciales y gubernativas relacionadas con las anteriores elecciones desarrolladas, de forma que puedan servir de adecuada ilustración sus determinaciones y contenidos para los colegiados.

Asimismo, para contar con su inestimable colaboración, se mantendrá permanente contacto con nuestros Consejos, tanto el Andaluz, como el General, manteniéndoles permanente informados del procedimiento.

 

En cuanto a la condición de elector, recordarte que el artículo 39 de los estatutos establece sus requisitos en los siguientes términos: “Serán electores todos los colegiados que lo sean en la fecha de la convocatoria y se encuentren en el pleno goce de los derechos corporativos”.

 

Y, en cuanto a la condición de elegible, el artículo 40 de los estatutos establece sus requisitos en los siguientes términos: “Serán elegibles, quienes reuniendo la condición de elector y encontrándose en el ejercicio de la profesión en cualquiera de sus formas, sean proclamados candidatos conforme a lo dispuesto en los estatutos”. Prescribiendo el artículo 41 en su apartado 1 que: “Quienes deseen ser candidatos lo solicitarán de forma expresa e individual mediante escrito que irá dirigido a la Junta Electoral, dentro del plazo que al efecto se señale, adjuntando a la misma la documentación acreditativa de su condición de elegibles”.

 

Finalmente, señalarte que, entre todos, podremos recuperar la senda de normalidad que ya estamos reemprendiendo.

 

Recibe un cordial saludo,

 

 

Fdo.: Manuel Caballano Bravo – Decano